
Se entiende por máquina al conjunto de partes o componentes vinculados entre sí, de los cuales al menos uno es móvil, asociados para una aplicación determinada, provisto o destinado a estar provisto de un sistema de accionamiento distinto de la fuerza humana o animal.
Las máquinas quedan recogidas por la Directiva2006/42/CE, publicada el 17 de mayo de 2006 y por la que se deroga la Directiva 98/37/CE a partir del 29 de diciembre de 2009.
La Directiva 2006/42/CE se aplica a los siguientes productos:
Para poder comercializar y poner en servicio las máquinas, éstas deberán ir provistas de una declaración “CE” de conformidad, establecida por el fabricante o su representante legalmente establecido en la Unión Europea, de acuerdo con el Anexo IIA de la directiva, y del marcado «CE», el cual será el signo visible de su conformidad con las directivas pertinentes.
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